
La Comisión de Acción Gremial del Colegio elaboró el Anteproyecto de Subsidio a los 25 años de antigüedad en el CAPBA, aprobado por unanimidad. Estarán en condiciones de requerirlo todos los matriculados en actividad o jubilados en la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la provincia de Buenos Aires (CAAITBA) que no presenten deuda y cumplan con los siguientes requisitos.
Para arquitectos en ejercicio activo de la profesión:
1) Acreditar una antigüedad de 25 años en la matrícula del CAPBA, continuos o no.
2) Haberse encontrado matriculados en el CAPBA en los 5 (cinco) años previos a solicitar el Beneficio. El cómputo se realizará contando como último año no aquel que se encuentre en curso sino el año calendario inmediatamente anterior.
3) Acreditar una edad mínima de 65 años cumplidos.
4) Tener la matrícula al día al momento de peticionar el subsidio.
5) No registrar deuda exigible con este CAPBA, por concepto alguno. A los efectos de cumplimentar este requisito, será admisible la suscripción de un convenio de pago en cuotas de la CEP, conforme Resolución Nº 113/09
6) Suscribir nota de adhesión declarando conocer la presente Resolución CAPBA 79/12 y su reglamentación anexa, que se realizará a los fines de la presente, las condiciones en que el subsidio se otorga.
Para arquitectos jubilados en la Caja: accederán a este subsidio todos los pasivos actuales y quienes lo sean en el futuro en la Caja de Previsión actual (Ley 12.490) o en la Caja Propia de los Arquitectos, que acrediten dicha condición.
Click AQUI para obtener el formulario en PDF
Nota : El formulario deberá ser impreso en tamaño oficio
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ACTUALIZACIÓN DEL SUBSIDIO "CAPBA 25 AÑOS"
El Consejo Superior del CAPBA, estableció a través de la Resolución 96/25, las modalidades para la implementación en esta edición, de los subsidios anteriormente conocidos como “CAPBA 25 años”, otorgados como reconocimiento a la antigüedad matricular para arquitectos con matricula activa por más de 25 años, matriculados con edad avanzada y ex-matriculados jubilados de la CAAITBA.
Desde la Mesa Directiva del Distrito 5 queremos destacar que nos hemos opuesto, junto al Distrito 3, a la Resolución 96/25 —la cual dispone una reducción en el monto del subsidio— durante la correspondiente sesión del Consejo Superior, en atención a la difícil situación económica actual y al perjuicio que esta medida representa para los matriculados. Consideramos que no es el momento, en el cual tenemos que pensar en reducir un beneficio que el matriculado ya tiene.
Los montos de subsidio -establecidos en UNIDADES DE MATRÍCULA al valor de octubre de 2025-, están determinados en relación proporcional a los recursos disponibles en el fondo compensador y el volumen estimado de potenciales beneficiarios.
Las solicitudes se recibirán desde el 20/10 hasta el 30/11/2025 inclusive y los requisitos para cada caso son:
SUBSIDIO POR RECONOCIMIENTO A LA ANTIGÜEDAD MATRICULAR POR PRIMERA VEZ
Se otorga POR ÚNICA VEZ a quienes tengan 65 años cumplidos o a cumplir en el año en curso, hayan tenido matricula activa durante 25 años –continuos o no- y habilitada los 5 años previos, no posean deudas vencidas con el CAPBA por ningún concepto, y no hayan percibido en años anteriores ningún subsidio de similar denominación y/o naturaleza otorgado por el CAPBA.
Tiene un valor equivalente a CUATRO (4) UNIDADES DE MATRÍCULA y se tramita completando una DECLARACIÓN JURADA en la plataforma “CAPBA en línea”, en la solapa “Beneficio Subsidio 25 años”
SUBSIDIO POR RECONOCIMIENTO A LA ANTIGÜEDAD MATRICULAR POR EDAD AVANZADA
Se otorga en el corriente año a quienes tengan 66 años o más, hayan tenido matricula activa durante 25 años –continuos o no- y habilitada los 5 años previos, y no posean deudas vencidas con el CAPBA por ningún concepto.
Los beneficiarios, podrán haber percibido en años anteriores algún subsidio de similar denominación y/o naturaleza otorgado por el CAPBA
Tiene un valor equivalente a TRES (3) UNIDADES DE MATRÍCULA y se tramita completando una DECLARACIÓN JURADA en la plataforma “CAPBA en línea”, en la solapa “Beneficio Subsidio 25 años.
Los subsidios referidos no podrán ser otorgados a matriculadas/os que desempeñen cargos electivos en el Consejo Superior, en los Colegios de Distrito o en el Tribunal de Disciplina, ni tampoco aquellas/os que ejerzan funciones remuneradas en el CAPBA por designación de autoridad competente; ni a quienes hayan solicitado la eximición del 100% a la CAAITBA por encontrarse en relación de dependencia y por lo tanto no hayan presentado expedientes en los últimos cinco (5) años.
SUBSIDIO A EX MATRICULADOS QUE SE ENCUENTREN PERCIBIENDO BENEFICIOS PREVISIONALES DE LA CAAITBA
Se otorga a aquellos ex matriculados/as del CAPBA que revistan situación de jubilados en la CAAITBA, cuyo haber NO SUPERE DOS (2) VECES LA JUBILACIÓN MÍNIMA CONFORMADA.
Tiene un valor equivalente a TRES (3) UNIDADES DE MATRÍCULA y se tramita acreditando el recibo de haberes del mes de septiembre 2025, en la plataforma “CAPBA en línea”.
En la solapa “servicios”, seleccionar “subsidios”, dar clic en “25 años/Jubilados”, y luego seleccionar “acceso a jubilados” donde serán redireccionados a un micrositio externo.
* Los pagos se realizan íntegramente por transferencia electrónica, por lo que los solicitantes deberán denunciar en su Declaración Jurada, una CUENTA BANCARIA PROPIA O CONJUNTA, no admitiéndose cuentas de terceros.
Link a la Resolución 96/25
https://drive.google.com/file/d/1V5-Fxw9vLxYEiCWF2wPyfrX6t7weJsj2/view?usp=sharing